Después de varios aplazamientos por parte del SAT, finalmente la fecha límite para la convivencia entre el CFDI 4.0 y el CFDI 3.3 se fijó para el 31 de diciembre del 2022.
Así quedó asentado en el artículo primero resolutivo, de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 (RMF 2022).
Aunque parezca una fecha lejana, es recomendable no demorar la implementación del CFDI 4.0, desde el punto de vista fiscal, operativo y comercial:
- Emitir la factura 4.0 evitará que incurras en posibles sanciones o rechazos a partir del primer día del 2023, cuando sea obligatoria su emisión.
- Adelantarte a los últimos meses del año te permitirá contar con el tiempo suficiente para capturar los datos fiscales de tus clientes. Este proceso puede demorar varias semanas.
- Contar con el nuevo formato de facturas te ayudará a fomentar la confianza de tus proveedores y clientes, quienes verán que estás en línea con lo que marca la autoridad.